NERJA | Medio Ambiente

Archivan la causa judicial por los vertidos de aguas residuales al mar en Nerja 

Axarquia24horas | 27/04/2021
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Archivan la causa judicial por los vertidos de aguas residuales al mar en Nerja 
  • Litoral de Nerja donde se han producido los vertidos investigados
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Torrox ha archivado la causa por los vertidos de aguas residuales al mar sin depurar en Nerja. La jueza ha considerado que no existe responsabilidad penal de los responsables municipales investigados en cuanto a los vertidos que se han venido produciendo. En esta causa figuraban como investigados el alcalde de Nerja, José Alberto Armijo, la ex alcaldesa, Rosa Arrabal y los representantes de la empresa local de aguas, Aguas de Narixa. La Fiscalía de Medio Ambiente ya solicitó hace unas semanas el sobreseimiento, al no ver responsabilidad.

En un auto, la titular del juzgado torroxeño precisa que, "amén de la brillante y exhaustiva labor investigadora" del Seprona, constan informes del Instituto Nacional de Toxicología, Oceanografía y de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, entre otros, que "vienen a concluir el impacto medioambiental significativo que ocasionan los tres puntos de vertidos de agua fecales a lo largo de los años en las playas de Nerja" y que existe "perjuicio para la salud de las personas y el equilibrio de los sistemas naturales".

Esto y la falta de estación depuradora "se traduce en 20.000.000 metros cúbicos de aguas contaminadas y unas nueve toneladas de desechos sólidos procedentes de la red de saneamiento", indica el documento, apuntando que esos vertidos "han producido la formación de vertederos incontrolados de residuos en los fondos marinos del litoral de Nerja".

Pero, la jueza entiende que "los vertidos no pueden cesar por ser consecuencia de la actividad humana, incrementada en periodo estival y a la insuficiencia de la red de aguas residuales en época de lluvia", poniendo el acento en que "como se pone de relieve, la única solución es la construcción de la depuradora de aguas residuales".

En cuanto a los responsables municipales, explica que "es evidente" que la posición de garante de la salud pública y el medio ambiente es suya y que la omisión de las medidas para paralizar los vertidos "determinaría la comisión por omisión del delito medioambiental, siempre que hubiese ostentado la capacidad de actuación en la evitación del resultado, esto se produce mediante la construcción de la estación depuradora".

Sobre esto último considera que "ha quedado constatado que la responsabilidad de la construcción del EDAR corresponde exclusivamente al Ministerio de Medio Ambiente desde 2010 y que el Ayuntamiento mantuvo comunicación constante con los organismos autonómicos y estatal requiriendo la agilización de las obras".

El auto también refleja que el Ayuntamiento colaboró "con su parte en la expropiación y cesión de los terrenos para la edificación de la depuradora, reclamando soluciones de forma continuada a las distintas administraciones, sin que pueda apreciarse, en consecuencia, indicios de responsabilidad penal en los gestores municipales investigados".

En lo que respecta a los gerentes de la empresa que gestionan el ciclo del agua en el municipio, considera que "no deben ser reprochados penalmente ni por acción ni por omisión, pues, como menciona acertadamente el ministerio fiscal, desarrollaban su labor con los medios que disponían, careciendo de iniciativa en la contratación o ejecución de las obras de la depuradora".



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